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jueves, 29 de enero de 2009

Sentencia Educacion para la Ciudadanía



Dos día antes de que el Supremo votara la sentencia del 28 de enero, la minsistra Mercedes Cabrera de Educación y Ciencia ya conocía el resultado de la votación, es decir que algún magistrado amigo, se adelantó le llamó al móvil: "Ministra, tranquila que la Ley de Educación va para alante". Y ella, en cuanto le llegaa el soplo, diligente para que no se le acumulara el trabajo, inmediatamente grabó un víde para You Tube, lo que pasa es que el calendario la delató, es de fecha 26 de enero como se puede aver al marge de la foto, si se pincha y se amplía. Pongo foto porque a la larga este vídeo se borrará

OPINIÓN
Pienso que una asignatura sobre Educación para la Ciudadanía,en principio está bien, si sus contenidos no son adoctrinamiento político o nacionalistas sobre los alumnos. Para una educación completa es necesario conocer la Constitución, qué es igualdad entre los géneros, conocer derechos y obligaciones. Pero esto no es así, esta signatura no fue pastada por los partidos sino impuesta por el Gobierno de Zapatero, que la impuso como resultado de laa cuota de poder, ya que los más interesados en imponrla fueon los nacionalistas País Vasco y Catalanes, disponer una asignatruia para adoctrinar a sus nuevos votantes. No es una signatura común para toda España. Lo que enseña es desunión dispersión, nacionalidades, desunión, que las Autonomías es asunto bueno. Y como esto es así en valencia se optó porque se de en inglés, cuando no habñia ni profesores preparados ni alumnos con el suficiente noivel para enderla en inglés. Que demagógicamente esta buen bien, porque aprender inglés, hoy en día es ya una necesidad, pero primero habrá que senseñar inglés.
No enseña, por ejemplo, como enseñan los Estados Unidos, a tener una sola bandera, una patria común, un himno nacional, una democracia salida de la voluntad del pueblo. En definita el pueblo de España. Aquí interesa que las Automías se conviertan en la madre patria, son sus jefes, jefecillos y riñas internas.
Asignaturas adoctrinadoras, son tambien Religión, Historia si se encamina hacia posiciones partidistas.
Sin embargo la sentencia del supremo es un primer paso para adecuar esta asignatura a la realidd social, y no permite la libertad de cátedra, es decir, que cada profesor pueda enseñar hacia sus intereses o tendencias, sino que sea objetico.
Ir al Continucional está bien, a sabienda de que tanto el Constitucuional como el Supremo están a las órdenes del Gobierno, porque 48 hora antes de la sentencia la ministra de Educación sacó un video adelantandose a la sentencia.


............NOTICIA..............
«No cabe impugnar las asignaturas relativas a Educación para la Ciudadanía como contrarias al derecho a la libertad ideológica y, en consecuencia, ni resulta necesario plantear cuestión de inconstitucionalidad de la LOE (...) ni amparar derecho fundamental alguno». Con esta conclusión, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) desestimaba ayer el recurso presentado por siete familias de alumnos de Enseñanza Secundaria del Principado que entendían que la asignatura de Educación para la Ciudadanía iba en contra de su libertad de conciencia y sus convicciones morales. La sala de lo Contencioso Administrativo asegura en los fallos judiciales que la resolución de la Consejería de Educación del 8 de octubre, que desestimó la declaración de objeción de conciencia para no cursar tres materias, no vulnera derechos fundamentales de los afectados. Ahora, asegura la consejería, los estudiantes tendrán que volver a clase, al quedar sin efecto la medida de suspensión cautelar, aunque sus padres pueden presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo, algo que harán, según confirmó ayer el Foro de la Familia.

El consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre, compareció ayer por la mañana para informar sobre la resolución del máximo órgano judicial de la comunidad autónoma. Éste ha desestimado siete de los 24 recursos presentados ante los tribunales de Justicia contra la citada resolución de Educación, que desestimaba la declaración de objeción de conciencia para no cursar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía y los Valores Humanos, Educación ético-cívica y Filosofía y ciudadanía. Querían que la Justicia condenase a la consejería a reconocer su derecho a la objeción de conciencia como parte de los derechos constitucionales de libertad religiosa e ideológica y «a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones». No fueron los únicos, en total 33 presentaron peticiones de objeción de conciencia ante la consejería, en este caso, por vía administrativa.

Queda por conocer, por tanto, la posición del alto tribunal asturiano en otros 17 recursos. Riopedre confía en que vayan en la misma línea, teniendo en cuenta estas sentencias y otras producidas en Cataluña. «Hay una corriente judicial contra la admisión de la objeción de conciencia», concluyó el consejero, que considera los siete fallos un «avance» y calificó su contenido de «positivo».

Deberes legales

Junto a la conclusión general para rechazar los recursos de las familias asturianas, el razonamiento del TSJA se detiene en más detalles. Expone que «lo que verdaderamente se suscita -por parte de los padres- es la posible inconstitucionalidad -de la resolución regional- por vulnerar el referido derecho recogido en la Constitución». En este sentido dice que el derecho a la libertad ideológica recogido en la Carta Magna «no resulta suficiente para eximir a los ciudadanos por motivos de conciencia del cumplimiento de deberes legalmente establecidos».

Los principios que inspiran la polémica asignatura, según consta en la sentencia, son «ofrecer a los estudiantes un espacio de reflexión, análisis y estudio acerca de las características fundamentales y el funcionamiento del régimen democrático», y sus contenidos «no pueden considerarse en ningún caso alternativos o sustitutorios de la enseñanza religiosa». La sala considera que «la anterior declaración programática no puede suscitar duda sobre su constitucionalidad». Concluye, finalmente, en que «no cabe impugnar genéricamente las asignaturas como contrarias al derecho a la libertad ideológica», ni plantear inconstitucionalidad de la LOE, sólo cabe invocar el derecho a la libertad de conciencia «en el caso concreto en que se desarrollan las citadas asignaturas», es decir, en el ejercicio de la enseñanza de la materia.

Se queja Esperanza Aguirre de que van a por ella.

De toda la vida, tanto los partidos políticos, como los Cuerpos de Ejército, las empresas, ayuntamientos y digo más, instituciones, TV,sindicartos, universidad o asociaciones, colegios profesionales. o todo empresa, han tendio un sistema vigilancia, espías, chivatos o como se le quiera llamar. Sistemas de investigación, vigilancia, sanción, castigo y depuración.
Se queja Esperanza Aguirre de que van a por ella. Nadie está libre de la vigilancia, y menos cuando eres jefe, presidente, cargo público y tienes silla en la tierra. Evidentemente todo poder trata de limpiar a las personas díscolas o que les puedan estorbar, como ya pasó con María San Gil, del PP y otros que no recuerdo. Los partidos politicos intentan dar al exteriro la imagen de democracia, pero en realidad son territoriso autocracias, dictaduras, el Secretario del partido tien poder absolujto sobre sus miembros.
La checas funcionan en todas partes, un chivato se alimenta y sube escaleras con los riñones de los demás. La lealtad es eso, arrastrase hasta el final y poner la espalda ante las flechas que le puedan llegar al jefe. La lealtad comom el amor son ciegos.

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